Visa T

¿Qué es la Visa T y cómo te ayuda en San Diego?

Te ayudamos a tramitar tu Visa T para conseguir tu estatus en EE. UU. desde San Diego

La Visa T está diseñada para personas que han sufrido formas graves de explotación laboral o sexual y que se encuentran en EE. UU. como consecuencia directa de esa situación. Este estatus temporal permite permanecer hasta cuatro años sin riesgo de deportación, siempre que se haya colaborado con las autoridades o se aplique una excepción médica o de edad.

El objetivo principal es ofrecer una vía segura de regularización migratoria: permite trabajar legalmente desde el primer día, acceder a servicios básicos como salud, vivienda y educación, y comenzar un proceso hacia la residencia permanente después de tres años continuos

¿Qué obtienes con tu consulta?

Te ayudamos a entender tu situación migratoria y los pasos que puedes tomar.

Beneficios

Beneficios de la Visa T en San Diego

Descubre cómo la Visa T te brinda protección y oportunidades concretas para tu vida en EE. UU.

Estatus temporal de hasta 4 años

Estancia segura en EE. UU. con protección frente a la deportación durante el periodo inicial

Permiso de trabajo inmediato

Obtienes autorización laboral desde la aprobación sin trámite adicional 

Acceso a beneficios sociales estatales y federales

Puedes acceder a servicios de salud, vivienda y educación

Inclusión de familiares elegibles

Permite que cónyuge, hijos o padres obtengan estatus derivado

Requisitos para obtener la Visa T en San Diego

Verifica si cumples con los requisitos obligatorios para aplicar a la Visa T.

1.

Haber sido víctima de una “forma grave de trata” (sexual o laboral)

2.

Estar presente en EE. UU. (o puerto de entrada) como resultado directo de esa trata

3.

Haber cooperado con autoridades o estar exento (menor de edad o por trauma)

4.

Demostrar riesgo de “daño extremo inusual y severo” si se deporta

5.

Ser admisible o calificar para una exención (Formulario I‑192)

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Preguntas Frecuentes

¿Qué es el estatus T no inmigrante y cómo me protege?

La Visa T otorga hasta cuatro años de estancia legal a quienes han sufrido una forma grave de explotación en Estados Unidos, incluye un permiso de trabajo automático, acceso a ciertos beneficios públicos y la posibilidad de solicitar la residencia permanente.

Debe demostrar que fue víctima de una forma grave de explotación en Estados Unidos, que se encuentra físicamente en el país por esa razón, que ha cooperado o está dispuesto a cooperar con las autoridades (salvo excepción por minoría de edad o trauma) y que sufriría dificultades extremas si es deportado.

La prueba más sólida es el Formulario I-914 Suplemento B firmado por una agencia policial, pero USCIS acepta otros documentos creíbles que describan su ayuda si no puede obtener dicho suplemento.

El tiempo medio nacional ha oscilado entre 19 y 23 meses en los últimos años, y una vez que USCIS determina que su caso es “bona fide” puede recibir beneficios temporales mientras concluye la revisión.

El Congreso limita las aprobaciones de Visas T-1 a 5,000 por año fiscal, pero USCIS nunca ha alcanzado ese tope, por lo que las solicitudes elegibles se siguen aprobando durante todo el año.

Sí, su cónyuge e hijos califican sin importar su edad; si usted es menor de 21 años, también pueden aplicar sus padres y hermanos solteros menores de 18, y familiares en riesgo de represalias pueden solicitar estatus derivado (T-2 a T-6).

Los familiares derivados deben presentar su propia solicitud de autorización de empleo, pero normalmente reciben el permiso tras la aprobación de su estatus derivado.

Después de conservar el estatus T durante tres años o antes si la investigación concluye puede presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus, siempre que haya cumplido con la cooperación requerida y mantenga buena conducta.

El documento principal es el Formulario I-914, sin tarifa gubernamental; el Suplemento A para familiares también está exento, y quienes requieran permiso de trabajo aparte presentan el Formulario I-765.

Solo puede salir si antes obtiene un permiso adelantado (“advance parole”) mediante el Formulario I-131; viajar sin él puede hacerle perder su estatus T, por lo que debe consultar a un abogado antes de cualquier salida.

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