Te ayudamos a tramitar tu Visa T para conseguir tu estatus en EE. UU. desde San Diego
Obtén estatus legal y permiso para trabajar sin demoras
¿Qué es la Visa T y cómo te ayuda en San Diego?
La Visa T está diseñada para personas que han sufrido formas graves de explotación laboral o sexual y que se encuentran en EE. UU. como consecuencia directa de esa situación. Este estatus temporal permite permanecer hasta cuatro años sin riesgo de deportación, siempre que se haya colaborado con las autoridades o se aplique una excepción médica o de edad
El objetivo principal es ofrecer una vía segura de regularización migratoria: permite trabajar legalmente desde el primer día, acceder a servicios básicos como salud, vivienda y educación, y comenzar un proceso hacia la residencia permanente después de tres años continuos
Beneficios de la Visa T en San Diego
Descubre cómo la Visa T te brinda protección y oportunidades concretas para tu vida en EE. UU.
Estatus temporal de hasta 4 años
Estancia segura en EE. UU. con protección frente a la deportación durante el periodo inicial
Permiso de trabajo inmediato
Obtienes autorización laboral desde la aprobación sin trámite adicional 
Acceso a beneficios sociales estatales y federales
Puedes acceder a servicios de salud, vivienda y educación
Inclusión de familiares elegibles
Permite que cónyuge, hijos o padres obtengan estatus derivado
¿Qué obtienes con tu consulta?
Te ayudamos a entender tu situación migratoria y los pasos que puedes tomar.
Revisión personalizada de tu caso
Explicación clara de tus opciones legales
Asesoría directa con una abogada especializada
Requisitos para obtener la Visa T en San Diego
Verifica si cumples con los requisitos obligatorios para aplicar a la Visa T.
- Haber sido víctima de una “forma grave de trata” (sexual o laboral)
- Estar presente en EE. UU. (o puerto de entrada) como resultado directo de esa trata
- Haber cooperado con autoridades o estar exento (menor de edad o por trauma)
- Demostrar riesgo de “daño extremo inusual y severo” si se deporta
- Ser admisible o calificar para una exención (Formulario I‑192)

¿Por qué elegir The Cruz Law Office para tu consulta?
Porque tu caso merece atención real, experiencia legal y un trato humano desde el primer contacto.
- Experiencia comprobada en inmigración
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Preguntas Frecuentes
¿Qué es el estatus T no inmigrante y cómo me protege?
La Visa T otorga hasta cuatro años de estancia legal a quienes han sufrido una forma grave de explotación en Estados Unidos, incluye un permiso de trabajo automático, acceso a ciertos beneficios públicos y la posibilidad de solicitar la residencia permanente.
¿Quién puede solicitar una Visa T?
Debe demostrar que fue víctima de una forma grave de explotación en Estados Unidos, que se encuentra físicamente en el país por esa razón, que ha cooperado o está dispuesto a cooperar con las autoridades (salvo excepción por minoría de edad o trauma) y que sufriría dificultades extremas si es deportado.
¿Necesito un reporte policial para probar mi cooperación?
La prueba más sólida es el Formulario I-914 Suplemento B firmado por una agencia policial, pero USCIS acepta otros documentos creíbles que describan su ayuda si no puede obtener dicho suplemento.
¿Cuánto tarda normalmente el proceso de la Visa T?
El tiempo medio nacional ha oscilado entre 19 y 23 meses en los últimos años, y una vez que USCIS determina que su caso es “bona fide” puede recibir beneficios temporales mientras concluye la revisión.
¿Existe un límite anual de Visas T?
El Congreso limita las aprobaciones de Visas T-1 a 5,000 por año fiscal, pero USCIS nunca ha alcanzado ese tope, por lo que las solicitudes elegibles se siguen aprobando durante todo el año.
¿Puedo incluir a mis familiares?
Sí, su cónyuge e hijos califican sin importar su edad; si usted es menor de 21 años, también pueden aplicar sus padres y hermanos solteros menores de 18, y familiares en riesgo de represalias pueden solicitar estatus derivado (T-2 a T-6).
¿Mis familiares también obtendrán permiso de trabajo?
Los familiares derivados deben presentar su propia solicitud de autorización de empleo, pero normalmente reciben el permiso tras la aprobación de su estatus derivado.
¿La Visa T conduce a la Tarjeta de Residencia?
Después de conservar el estatus T durante tres años o antes si la investigación concluye puede presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus, siempre que haya cumplido con la cooperación requerida y mantenga buena conducta.
¿Qué formularios y tarifas se necesitan?
El documento principal es el Formulario I-914, sin tarifa gubernamental; el Suplemento A para familiares también está exento, y quienes requieran permiso de trabajo aparte presentan el Formulario I-765.
¿Puedo viajar fuera de Estados Unidos con estatus T?
Solo puede salir si antes obtiene un permiso adelantado (“advance parole”) mediante el Formulario I-131; viajar sin él puede hacerle perder su estatus T, por lo que debe consultar a un abogado antes de cualquier salida.
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